La reforma laboral ha sido una decepción trufada de intervencionismo para decidir cualquier nimiedad. No he visto, además, que la filosofía haya cambiado. Sigue siendo una filosofía esencialmente franquista. Solo contempla casos de despido por dificultades de la empresa, pero no habla de la empresa que está creciendo y necesita adaptarse a las nuevas tecnologías y recomponer su plantilla mirando al futuro. La destrucción creativa ha sido el proceso ligado a la innovación que más ha hecho subir la productividad, menos en España, sumida es su mentalidad mendicante (ver pos anterior). El tejido industrial español no se ha beneficiado racionalmente del profundo cambio global de nuevas tecnologías, nuevos trabajos y nuevos productos, por su tendencia al leguleyismo.
Y esta ley es igual o más leguleya que la anterior. Ese leguleyismo es muy español. La gente confía en que su suerte cambiará gracias a que la ley reconocerá sus méritos, no el mercado.
Según Luis Garicano (que ha pasado, sospechosamente, del pesimismo al mayor entusiasmo sobre la ley en un día) , esto es una reforma poco menos que óptima.
para justificar tal aserto, pone este ejemplo de "cambio radical":
¿Por qué la ley ha de considerar los detalles que justifican un ajuste en la plantilla de la empresa? eso es una invitación a la intervención de sindicatos, tribunales, etc. Otro ejemplo:
Pero, por Dios, si Fátima Bañez parecí una sindicalista, parecía un Valeriano Gómez presentando la Gran Reforma. Y Soraya con su "antes y después"... ya nos contará Garicano por qué se siente fascinado por estos noesindicalistas/franquistas. La Reforme est morte, ¡Vive la Reforme! el que parece no morir es Franco, es es normal, este país es sociológicamente así. Incluso cuando abre tumbas lo es, aunque se crea lo contrario.
Es que la única forma de avanzar es no legalizar positivamente circunstancias concretas. sino legalizar totalmente la decisión de la empresa sea cual sea. Hay que partir de la base de que la decisión empresarial es en su propio interés. SI luego hay dolo, fraude, engaño, los tribunales están para eso
- aparte de la protección a los sin trabajo.
En suma sigue preconizándose una protección al que tiene empleo, como si el empresario estuviera deseando despedirle en toda circunstancia.
Sigue siendo una ley estática, no contempla el despido por sustitución por un trabajador más preparado dado el avance tecnológico. Es decir, el despido que bajo esta ley y las anteriores es injustificado, y sin embargo, desde el punto de vista económico es el más justificado. La destrucción creativa creativa ha sido la forma de avance más importante en los cambios tecnológicos como el habido, y que todavía hay, desde los años noventa y que España ha sido el país que menos ha aprovechado como generador de productividad. la adaptación a ese cambio y la modificación de plantilla que requiere -no necesariamente a la baja, sino de sustitución de unos por otros- No se les ocurre a esas lumbreras de FEFEA et al, que se han convertido en meros flautistas de del poder de turno.
Por cierto, no se cómo no se sonrojan de vergüenza con su afán de banear comentarios triviales. Deberían banearse a sí mismos, ya que tienen tanto miedo a las sensateces.
Me queda una opinión por contrastar, la de mi amigo Felipe, uno de los mayores expertos en mercado de trabajo. Se lo contaré.
Y esta ley es igual o más leguleya que la anterior. Ese leguleyismo es muy español. La gente confía en que su suerte cambiará gracias a que la ley reconocerá sus méritos, no el mercado.
Según Luis Garicano (que ha pasado, sospechosamente, del pesimismo al mayor entusiasmo sobre la ley en un día) , esto es una reforma poco menos que óptima.
para justificar tal aserto, pone este ejemplo de "cambio radical":
«Artículo 41. Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo.Ud puede leer algo preciso u concreto? No, por lo tanto, las partes en conflicto habrán de ir a un arbitraje.
1. La dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.
¿Por qué la ley ha de considerar los detalles que justifican un ajuste en la plantilla de la empresa? eso es una invitación a la intervención de sindicatos, tribunales, etc. Otro ejemplo:
¿No les recuerda esto la famosa escena de los hermanos Marx en "Una noche en la Ópera? Ese una ley igual o más intervencionista, por mucho que ese intervencionismo signifique (¿?) un menor coste de ajuste a las condiciones adversas. Pero es que esas condiciones adversas NO LAS PUEDE DEFINIR LA LEY. NI COMO SE TRAMITA EL AJUSTE DE PLANTILLA.2. Las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo podrán afectar a las condiciones reconocidas a los trabajadores en el contrato de trabajo, en acuerdos o pactos colectivos o disfrutadas por éstos en virtud de una decisión unilateral del empresario de efectos colectivos. Se considera de carácter colectivo la modificación que, en un período de noventa días, afecte al menos a:Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
El 10 por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
Treinta trabajadores, en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.
Se considera de carácter individual la modificación que, en el periodo de referencia establecido, no alcance los umbrales señalados para las modificaciones colectivas.
Pero, por Dios, si Fátima Bañez parecí una sindicalista, parecía un Valeriano Gómez presentando la Gran Reforma. Y Soraya con su "antes y después"... ya nos contará Garicano por qué se siente fascinado por estos noesindicalistas/franquistas. La Reforme est morte, ¡Vive la Reforme! el que parece no morir es Franco, es es normal, este país es sociológicamente así. Incluso cuando abre tumbas lo es, aunque se crea lo contrario.
Es que la única forma de avanzar es no legalizar positivamente circunstancias concretas. sino legalizar totalmente la decisión de la empresa sea cual sea. Hay que partir de la base de que la decisión empresarial es en su propio interés. SI luego hay dolo, fraude, engaño, los tribunales están para eso
- aparte de la protección a los sin trabajo.
En suma sigue preconizándose una protección al que tiene empleo, como si el empresario estuviera deseando despedirle en toda circunstancia.
Sigue siendo una ley estática, no contempla el despido por sustitución por un trabajador más preparado dado el avance tecnológico. Es decir, el despido que bajo esta ley y las anteriores es injustificado, y sin embargo, desde el punto de vista económico es el más justificado. La destrucción creativa creativa ha sido la forma de avance más importante en los cambios tecnológicos como el habido, y que todavía hay, desde los años noventa y que España ha sido el país que menos ha aprovechado como generador de productividad. la adaptación a ese cambio y la modificación de plantilla que requiere -no necesariamente a la baja, sino de sustitución de unos por otros- No se les ocurre a esas lumbreras de FEFEA et al, que se han convertido en meros flautistas de del poder de turno.
Por cierto, no se cómo no se sonrojan de vergüenza con su afán de banear comentarios triviales. Deberían banearse a sí mismos, ya que tienen tanto miedo a las sensateces.
Me queda una opinión por contrastar, la de mi amigo Felipe, uno de los mayores expertos en mercado de trabajo. Se lo contaré.
2 comentarios:
Magistral. Ojalá más personas como tú estuviesen en los sitios donde se "cuecen" las cosas importantes.
Por ejemplo, en un servicio de estudios de estos que tú denostas tanto como la FEDEA, etc.
¡¡Schumpeter!! ¡Claro! ¡¡Cómo pude estar tan ciego!!
Y todavía hay personas en foros que ponen a Henry Ford como ejemplo de "empresario modelo", ya que abarató el precio de sus coches y aumentó el salario de sus empleados para, según esa gente, que se pudieran permitir un automóvil y, de esta forma, aumentar las ventas...
Somosmsancho panzistas
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