"How can I know what I think until I read what I write?" – Henry James


There are a few lone voices willing to utter heresy. I am an avid follower of Ilusion Monetaria, a blog by ex-Bank of Spain economist (and monetarist) Miguel Navascues here.
Dr Navascues calls a spade a spade. He exhorts Spain to break free of EMU oppression immediately. (Ambrose Evans-Pritchard)

martes, 6 de octubre de 2015

Regulación macroprudencial en España. Todo sigue como antes

Hace unos días hablaba de una posible decisión del Banco de Inglaterra de política macropurdencial. Como la palabra es relativamente nueva, recomiendo que lean el artículo de Raimundo Poveda, un buen resumen iniciador, y si embargo riguroso, sobe lo que es la política macroprudencial y cómo se está desarrollando en Europa y en España.
Por decirlo brevemente, mientras EEUU ya tiene un órgano ejecutivo, participado por los principales reguladores (FED, Tesoro, etc) con plenos poderes para aplicar medidas, en Europa se ha imitado el modelo, pero con una diferencia esencial: sólo es un órgano consultivo que tiene que pedir autorización para cualquier medida.
En España es aún peor: no se ha creado ninguna institución, por lo que la responsabilidad ha recaído en el BdE, insuficientemente capacitado para hacerse cargo de ella.
 
Hoy dos tipos de políticas de regulación bancaria desde la inacabable crisis de 2008: la de siempre, que trata de vigilar la solidez de cada institución (ratios de capital, de liquidez, etc), y la política contra al riesgo sintético, que trata de detectar situaciones de contagio de riesgos específicos a todo el mercado.
 
Al dejar caer Lehman Brothers, el Tesoro pensó que se daría ejemplo a los demás bancos de que nadie es tan grande como para que el gobiernos se sienta obligado a rescatarlo. Sabemos lo que pasó: los mercados pensaron justamente eso, y todos empezaron a vender activos como locos, buscando liquidez que en ese momento no existía. Una situación de pánico que, sin la reacción de la FED de meter liquidez en el sistema, y comprar determinados instrumentos colapsados, que amenazaban con un cortocircuito mundial, la crisis hubiera sido muchísimo peor. Baste recordar que el comercio mundial sufrió una contracción sin precedentes, debido a la caída del crédito comercial. Un colapso prolongado del come río mundial hubiera abierto crisis de primera necesidad en muchos países.
 
Entonces la regulación individual era muy deficiente, y la macro prudencial inexistente. Desde entonces, la primera se ha reforzado considerablemente, pero siguen siendo insuficiente para evitar burbujas y colapsos. Se necesita una política firme de control de determinadas variables que estadísticamente siempre se han disparado en las grandes burbujas/crisis.
 
Ambas políticas tienen una intención preventiva, de adelantarse a los acontecimientos, sobre todo a las burbujas. Sin embargo, ambas adolecen de problemas analíticos (es difícil definir una burbuja) y políticos (es mas difícil aún parar una burbuja cuando todo el mundo está ganando dinero). Hay que tener en cuenta la barrera política a la que se enfrentan este tipo de instituciones, por muy firmes que sean. Recuérdese el orgullo del gobierno de entonces con que aludía al creciente ritmo de construcción de viviendas, privadas y subvencionadas, una locura que aumentó la demanda y la oferta y los precios a niveles estratosféricos.


Pues si es difícil, España no está siquiera institucionalmente preparada para afrontar este riesgo, como cuenta Raimundo -que fue director general de regulación del Banco de España durante décadas-:
 

"Hace dos años publiqué aquí una nota sobre política macroprudencial1. El Memorándum de Entendimiento con la troika había recordado a España la necesidad de integrar la dimensión macroprudencial en su política bancaria, una de las medidas necesarias para asegurar un marco sólido al sector bancario, según doctrina de moda. Un informe interno del Banco de España, el Informe López Roa sobre política supervisora, aportó unas primeras ideas. Se crearía un comité de política macroprudencial de alto nivel (gobernador o subgobernador, y directores generales implicados) con un grupo de apoyo descrito como informal y no estable. Ese comité haría propuestas a la Comisión Ejecutiva del Banco de España, y vigilaría el cumplimiento de las decisiones adoptadas. Mi comentario recordó los complicados retos de la política macroprudencial: ha de imaginar futuros acontecimientos adversos de difícil predicción, y puede tener que tomar partido contra situaciones de negocio y contra políticas en vigor que muchos considerarán positivas y no querrán cambiar. También consideré insuficiente el marco institucional propuesto por el informe López Roa: la solución de algunos problemas sistémicos excede el marco competencial del Banco de España (y, poco a poco, incluso el del Gobierno de España).

Aquel comité no llegó a constituirse. El Gobierno español tampoco ha formalizado una estructura específica para la problemática macroprudencial. Otros países sí lo han hecho. Estados Unidos había centralizado en 2010 la gestión del riesgo sistémico en un órgano con facultades ejecutivas, el Financial Stability Oversight Council, presidido por el Secretario del Tesoro y con representación al más alto nivel de todos los organismos supervisores. La Unión Europea creó la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS), de composición similar, mutatis mutandis, aunque sin facultades ejecutivas.


Pero las competencias asumidas por el Banco de España con el citado artículo 458 son importantes. Según su texto, si la autoridad designada "observa cambios en la intensidad del riesgo macroprudencial o sistémico del sistema financiero capaz de entrañar perjuicios graves para el sistema financiero y la economía real" del país, puede considerar conveniente la adopción de medidas prudenciales más estrictas que las comunes según la normativa vigente. En tal caso iniciará una complicada tramitación comunitaria (están implicados en ella nada menos que el Parlamento Europeo, el Consejo, la Comisión, la mencionada JERS, y la Autoridad Bancaria Europea), que desembocará en la autorización, o denegación, de las medidas propuestas. Nótese que la autorización comunitaria se concede al Estado Miembro (al Gobierno de España), no a la autoridad designada que inició el proceso. Las medidas, aplicables a todas las entidades autorizadas o a un subconjunto de ellas, pueden afectar a algunas de las siguientes materias: niveles de los coeficientes de fondos propios, límites a grandes riesgos, requisitos de información que las entidades deben publicar, nivel del colchón de conservación del capital (no se menciona el colchón coyuntural, que tiene su propio tratamiento), requisitos de liquidez, ponderaciones de los riesgos inmobiliarios, y exposiciones dentro del sector financiero. No hay un renglón de "otros"...


"...Por ello sorprende la falta de una estructura organizativa multidisciplinar, dentro del Banco de España, que se encargue de su estudio y elevación a los órganos decisores. Como sorprendería que el Banco las propusiese a la UE sin la aprobación de la autoridad económica."

En suma, España, después del cante "hondo" de las Cajas, sigue casi igual que antes de la gran crisis. Con una sólida entidad macroprudencial que hubiera existido entonces, es posible que la burbuja se hubiera cortado antes. Las medidas de este tipo son por definición sistémicas, y lo primero que hubieran hecho es enfriar el crédito hipotecario de todas.
 
El desapego de este país a la buena administración es suicida.
 

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